La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revisar el voto de calidad emitido durante la discusión de un recurso de revisión interpuesto a la Ley de la Industria Eléctrica.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, solicitó revisar el voto de calidad emitido por el entonces presidente de la Segunda Sala, el ministro Alberto Pérez Dayán, que rompió el empate existente.
En 2024, la Segunda Sala resolvió un amparo promovido por varias empresas del sector eléctrico contra diversos artículos de la Ley de la Industria Eléctrica por favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Las compañías acusaban que se impedía la competencia y la apertura del sector, así como la promoción de energías renovables.
En la discusión de este 6 de noviembre, el ministro presidente Hugo Aguilar refirió que el recurso de reclamación era procedente porque “el voto de calidad impugnado adquiere la calificativa de decisión de trámite que permitió al entonces presidente de la Sala abonar a la decisión final pero sin resolver el fondo de la litis planteada en el recurso de revisión”.
Así pues, su proyecto sostenía que “no se siguió el procedimiento previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para el caso de que al tomarse la votación de un asunto no se obtuviera mayoría, porque se concluye que el voto impugnado se emitió ilegalmente”.
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