El Partido Revolucionario Institucional (PRI) se sumó a las denuncias públicas contra la senadora de Morena, Andrea Chávez Treviño, por promocionar su imagen de manera anticipada a los términos de la Ley Electoral, así como una serie de delitos relacionados con enriquecimiento ilícito e incluso a la Ley General de Salud y el Código Penal del Estado.
“No estamos generando ni show ni aspaviento simple y sencillamente queremos que se haga una investigación puntual y precisa, y que la ley defina si existe una violación de parte de la senadora de la República. A esta legislación y se actúe en consecuencia”, afirmó Alejandro Domínguez Domínguez, presidente del Comité Directivo Estatal del tricolor.
Para ello, dio a conocer que este fin de semana presentaron la denuncia formal, con base a los hechos que se han evidenciado, como la “donación” o el “acuerdo”, con empresarios, al que se refirió Andrea Chávez, públicamente pero no declaró.
Indicó que las acciones de la legisladora violentarían la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la legislación fiscal, y la legislación que regula las declaraciones patrimoniales que deben de rendir toda persona servidora pública.
Como ejemplo, señaló que en el caso de haber recibido una donación en lo personal o individual, tienen que estar en la declaración fiscal ante el SAT (Sistema de Administración Tributaria).
Por ello -detalló-, le “estamos pidiéndole al SAT que informe si estas ambulancias, caravanas, y demás, están declaradas fiscalmente por la senadora, porque ella dijo de manera pública, en medios nacionales, que son donaciones y las donaciones están prohibidas para un actor político de acuerdo a la Responsabilidad de los Servidores Públicos”.
También, si no tiene un convenio de esta naturaleza o una agrupación, también el hacer entrega de estos beneficios de una violación en esta última legislación, agregó.
Además, las donaciones que puede recibir una persona, que deben de estar declaradas fiscalmente, también deben de estar declaradas en la declaración patrimonial que se presenta año con año, en el cargo que se está desempeñando, expusó el líder estatal del PRI.
“Por eso le estamos pidiendo al órgano interno del Senado de la República Y al Órgano Interno de la Cámara de las y de los diputados, que haga el conocimiento de la autoridad, si en las declaraciones patrimoniales de la senadora están incluidos este tipo de de donaciones, a las cuales ella hace alusión”, resaltó.
De no ser así -advirtió-, caería en una violación a la ley fiscal, e incurriría en la posibilidad de enriquecimiento ilícito.
Otro aspecto que incluyó la denuncia hecha por el CDE priísta, parte de lo mandatado por la Norma Oficial Mexicana 004 SSA3-2012, que obligan a integrar un expediente clínico de toda aquella persona que es atendida por un médico.
Cuando una persona va a cualquier consultorio -explicó-, se nos toman datos personales como la presión, el pulso, peso, y talla, para hacer un historial clínico, que debe contener una autorización de carácter sanitario por parte de la Cofrepris y la Coespris.
Además, deben contener la declaración de confidencialidad en el manejo de los datos, de tal suerte que las o los médicos a cargo deben contar con la cédula profesional prestar el servicio a la sociedad, detalló.
Con base en lo anterior, en la demanda “estamos haciendo el planteamiento también de la revisión de los permisos de Cofepris, Coespris, y de que se revise si se cuenta con los datos clínicos de las personas que han sido beneficiarias de estos servicios”.
De no contar con ellos, estarían violentando la Ley General de Salud de este país, y serían sujetos a sanciones que van, incluso, de la suspensión de la cédula profesional de aquellas personas que están prestando este tipo servicio, alertó.
Alejandro Domínguez dijo que el supuesto dueño de las unidades médicas móviles, Fernando Padilla Farfán, debe contar con esos permisos o ser vetado.
De igual manera, si la información recabada no cumple con los principios de confidencialidad ser configuraría el delito de revelación de secretos, previsto el artículo 207 del Código Penal para el Estado de Chihuahua.
Esto aplica una penalidad de 6 meses a 2 años de prisión, a quien cometa este este delito, que “lo puede estar cometiendo el médico responsable o quienes estén de responsables de la oficina de gestión o la propia senadora de la República”, enfatizó.