Con el fin de tipificar el delito de aborto forzado, que es la interrupción del embarazo sin el consentimiento libre y pleno de la mujer, el diputado local, Omar Bazán Flores (PRI), propuso reformar el artículo 144 del Código Penal del Estado de Chihuahua, y establecer una sanción de hasta 10 años de cárcel.
“Este crimen no solo atenta contra la salud y el bienestar físico y psicológico de la víctima, sino que también representa una forma extrema de violencia de género, y control sobre el cuerpo y la vida de las mujeres”, expuso el legislador.
La iniciativa plantea que el delito de aborto forzado, será que aquél que interrumpa el embarazo de una mujer o persona gestante, sin su consentimiento, en cualquier momento de la gestación, y sería sancionado en grado de tentativa, en los términos dispuestos por el presente Código.
A quien resulte responsable le será impuesta una pena de 4 a 8 años de prisión, y si empleara violencia física o moral, de 8 a 10 años de prisión.
Las penas previstas en el párrafo anterior, se incrementarán hasta en una tercera parte en los siguientes casos:
I. Cuando ponga en peligro la vida de la mujer o persona gestante;
II. Cuando ocasione daños graves en la salud de la mujer o persona gestante; y
III. Cuando el delito sea cometido por la madre o padre, así como por persona que tenga o haya tenido un vínculo sentimental con la mujer o persona gestante. En este caso, solo se incrementará la pena en caso de delito doloso.
El artículo 144 del Código Penal, quedaría redactado de la siguiente manera:
“Si el aborto o aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrona o partero, enfermero o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta en el ejercicio de su profesión u oficio”.
Omar Bazán resaltó que el aborto forzado puede ser realizado mediante coerción, amenazas, violencia física o cualquier otra forma de presión que prive a la mujer de su capacidad para tomar decisiones autónomas sobre su cuerpo y su embarazo, y ser perpetrado por individuos cercanos a la víctima, como parejas, familiares o empleadores, y actores estatales en contextos de políticas represivas de control de la natalidad.
“La práctica del aborto forzado tiene profundas raíces en la desigualdad de género y la discriminación. Históricamente, las mujeres han sido objeto de control y dominación, y sus cuerpos han sido considerados como propiedad de los hombres o del estado”, observó el diputado.
Respecto a las consecuencias físicas, precisó que este delito podría causar infecciones, hemorragias, lesiones uterinas y, en casos extremos, la muerte, cuando se realizan en condiciones inseguras o por personas no capacitadas, por buscar la clandestinidad.
“Además, el trauma físico puede tener efectos a largo plazo en la salud reproductiva de la mujer, afectando su capacidad para tener hijos en el futuro”, agregó.
Empero, advirtió que las repercusiones psicológicas del aborto forzado son “igualmente alarmantes”, toda vez que quienes son sometidas a esta práctica podrían experimentar sentimientos de pérdida, culpa, ansiedad, depresión y estrés postraumático.
“El aborto forzado es una violación de la integridad y la autonomía corporal de la mujer, lo que puede generar un profundo sentimiento de deshumanización y vulnerabilidad. Es esencial que los estados adopten políticas y programas que promuevan la autonomía reproductiva de las mujeres y su acceso a servicios de salud sexual y reproductiva de calidad”, expuso.